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¡Aguas con las multas! Desde julio, scooters y motos eléctricas deberán tener placas y registro obligatorio

Por: Eduardo Espejo 06 May 2026
Scooters y motos eléctricas en CDMX deberán tener placas

Hermano cayó la ley, y ya hay que sacar placas… Así es, la Jefa de Gobierno de la CDMX, Clara Brugada, ya confirmó que a partir de julio, los scooters y motos eléctricas deberán de cumplir con los nuevos lineamientos aprobados en la Ley de Movilidad y el Reglamento de Tránsito de la CDMX.

Y dentro de estos lineamientos, destacan la emisión OBLIGATORIA de placas de circulación para este tipo de vehículos. Y para que no te caiga tu primera infracción, aquí te compartimos todos los detalles.

Imagen: letskick en Unsplash

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Placas obligatorias para scooters y motos eléctricas

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Dentro de los diversos cambios al Reglamento de Tránsito, propuestos desde hace meses por el gobierno capitalino y aprobados esta semana, destaca que todos los vehículos eléctricos de baja velocidad que sean comprados a partir del 1 de julio dentro de la CDMX, deberán contar con placas de circulación y registro oficial.

Esta medida busca, según indican las autoridades, fortalecer la seguridad vial y terminal por fin con los vacíos legales que existían sobre este tipo de vehículos, y que les permitían circular sin ninguna restricción.

¿A qué scooters y motos eléctricas aplica?

La medida aplica a los llamados Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE), es decir, aquellos que superan los 25 km/h y que tienen motores de entre 250 watts y 1.34 caballos de fuerza.

Estos se dividen en dos categorías:

  • Tipo A: Con peso menor a 35 kilos.
  • Tipo B: Que pesan máximo 350 kilos.

Ambos tipos deberán de salir con registro y placas. Además, las y los conductores deberán contar con licencia de conducir tipo A1 o A2, similares a las que ya existen para conductores de motocicletas.

Imagen: Marek Rucinski en Unsplash

Periodo de gracia para quienes ya tienen su moto

Ahora que si tu ya cuentas con tu moto o scooter eléctrico, lamentamos informarte que no te salvarás de las nuevas medidas, pues se confirmó que éstas personas tendrán un periodo de tiempo máximo para que lleven a emplacar y registrar sus vehículos.

Este periodo irá del 1 de julio al 20 de noviembre, y al igual que con los vehículos nuevos, no cumplir con el requisito podrá traer sanciones importantes para las personas.

Otras obligaciones para conductores de scooters y motos eléctricas

Además de la emisión obligatoria de placas y registro, hay algunas otras medidas implementadas que serán obligatorias para estos conductores:

  • No podrán circular por banquetas, ciclovías y carriles confinados al transporte público.
  • No podrán circular por vías donde la velocidad máxima supere los 50 km/h.
  • Deberán portar obligatoriamente casco de seguridad.
  • No podrán circular bajo los efectos del alcohol.

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¿De cuánto serán las multas?

Si bien las nuevas medidas comenzarán a aplicar desde el 1 de julio, las personas contarán con algunos días extra para aclimatarse y cumplir con sus trámites, pues se confirmó que a partir del 1 de septiembre, las autoridades de tránsito comenzarán a aplicar sanciones a quienes no cumplan con el reglamento.

Estas multas irán de las 10 a las 20 UMAs ($117.31 pesos) dependiendo de la gravedad de la falta y de la reincidencia de los conductores. Lo que quiere decir que si te agarran cometiendo una infracción, tendrás que pagar mínimo $1,170 y máximo $2,342 pesitos, por lo que te recomendamos mejor cumplir con las nuevas medidas.