¡Este trámite será de carácter obligatorio!
El Gobierno de CDMX ha impulsado una reforma que plantea que scooters y bicis eléctricas que superen los 25 kilómetros por hora sean tratadas como motocicletas, lo que obligará a sus conductores a tramitar licencia de manejo, usar casco y circular únicamente por calles y avenidas. Aquí te contamos los detalles:
Foto: Evobike Tlalpan
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La propuesta capitalina, discutida en el Congreso local, responde a la necesidad de garantizar la seguridad de peatones y ciclistas, quienes comparten el espacio público con estos vehículos cada vez más frecuentes.
De aprobarse, los scooters y bicicletas eléctricas de alta potencia no podrán circular por banquetas ni ciclovías, espacios reservados para peatones y bicicletas convencionales.Inclusive serán una nueva categoría de transporte motorizado personal.
La Secretaría de Movilidad explicó que el criterio principal será la velocidad: aquellos dispositivos que no superen los 25 km/h podrán seguir operando bajo las condiciones actuales, mientras que los de mayor potencia deberán cumplir con las mismas obligaciones que cualquier motociclista en la ciudad.
Con esta regulación, el Gobierno de la CDMX busca prevenir accidentes, ordenar el tránsito y enviar un mensaje claro sobre el uso responsable de nuevas alternativas de transporte en la capital. Además, se establece con firmeza que los vehículos eléctricos de alta potencia no podrán circular en espacios pensados exclusivamente para bicicletas tradicionales y de baja velocidad.
Además de esto, es importante señalar que las y los conductores deberán respetar con el reglamento de tránsito, así como portar de manera obligatoria casco de seguridad.
Agradecemos a las y los diputados del @Congreso_CdMex por aprobar reformas que fortalecen la movilidad y el orden en nuestra capital.
— Clara Brugada Molina (@ClaraBrugadaM) August 15, 2025
Para garantizar la seguridad y convivencia en el espacio público se regula el uso de bicicletas, motos y patines eléctricos y se establecen… pic.twitter.com/Zxj1ygrszV
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