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Uso recreativo no es igual a despenalización de la marihuana

Por: Angélica Medina 29 Jun 2021
Uso recreativo no es igual a despenalización de la marihuana

La declaratoria hecha por la SCJN sobre el consumo recreativo de marihuana en México no despenaliza la cannabis en el país. 


Con la declaratoria de Inconstitucionalidad sobre el uso recreativo de la cannabis, la  Suprema Corte de Justicia de la Nación da un gran paso en el ámbito de derechos. Sin embargo aún no existe el concepto de “cannabis legal” en México.

La declaratoria no considera la despenalización de las actividades necesarias para realizar el consumo de la planta como la siembra, cosecha, posesión, transporte, transformación, venta y distribución.

¿Qué pasa con la marihuana en México?

El día de ayer, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió la Declaratoria General de Inconstitucionalidad (DGI) sobre el autoconsumo de cannabis con ocho votos a favor y tres en contra.

Se eliminaron las disposiciones administrativas que establecen la prohibición absoluta del cannabis en la Ley General de Salud (LGS).  Es decir que es inconstitucional la prohibición del uso recreativo de cannabis. 

¡Ya casi es legal! Diputados aprueban venta y consumo de marihuana

autoconsumo de marihuana en México

Es muy importante recordar que el antecedente de esta DGI se genera a partir de la Jurisprudencia emitida por parte de la SCJN, sobre cinco sentencias en el mismo sentido y en favor de particulares a quienes les eran violentados sus derechos sobre el libre desarrollo de la personalidad. 

El permiso emitido por las autoridades se otorga individualmente y protege al solicitante en todo el proceso del consumo, es decir, desde la adquisición de las semillas, la siembra, cosecha, transformación del producto, posesión y consumo.

No obstante, esto sólo otro paso más hacia la legalización de la marihuana en México. 

Lo que falta para la legalidad

La declaratoria que hizo SCJ no tiene alcances sobre Leyes relacionadas como el Código Penal o la Ley de Cultura Cívica en el caso de CDMX. Esto representa un vacío legal con respecto a la portación con más de 5 gramos, la adquisición, comercio o distribución del cannabis, por lo que aún podemos ser detenidos por la autoridad y presentados ante un Juez por faltas cívicas o delitos penales según corresponda.

De acuerdo con el comunicado de la Suprema Corte, será la Secretaría de Salud, a través del órgano competente, la que deberá emitir las autorizaciones solo a personas adultas, para el consumo de cannabis y THC, pero no de otras sustancias. 

marihuana en mexico

Asimismo, la COFEPRIS deberá publicar en las próximas semanas los lineamientos y modalidades para la adquisición de la semilla, pero no se podrá comerciare, suministrar o cualquier otro acto de enajenación o distribución de sustancias. También deberá atender las solicitudes de los particulares.

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La Alianza Latinoamericana del Cannabis (ALCANN) exhorta a nuestros legisladores para que se hagan las modificaciones y de apruebe, para darle servidumbre legal a todos los elementos que conforman el ciclo de venta y consumo del cannabis.

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